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Muerte digna: en Argentina la ley permite acceder a una “eutanasia pasiva” - Las diferencias entre muerte digna, eutanasia y suicidio asistido

13.08.2019 23:49

Muerte digna: en Argentina la ley permite acceder a una “eutanasia pasiva”

El caso Vincent Lambert

Dos expertos, uno legal y otro médico, cuentan cómo cambió el tratamiento de pacientes desde la sanción de la ley.

La última foto. Selva y Carlos, con Camila López, la chiquita que después de dos años en estado vegetativo "partió en paz". Este caso aceleró la sanción de la Ley de Muerte Digna en 2012.

El caso del francés Vincent Lambert, en coma desde hace 11 años, reabrió en el mundo el debate por la muerte digna. En nuestro país, está contemplada por ley desde mayo de 2012, a partir del caso de Camila López, quien estuvo más de dos años en la sala de cuidados paliativos de un hospital, internada en estado vegetativo.

¿Qué cambio con esta norma? "Hoy hay personas que respiran, que les late el corazón... Están vivas. Pero la ley permite que a esas personas se les extraigan los órganos para trasplantárselos a otras personas. ¿Por qué? Porque su cerebro ya no da más señales, hay muerte cerebral", grafica Marcos Córdoba, titular de Derecho Civil de la Universidad de Buenos Aires (UBA). "Hasta hace unos años a nadie se le hubiera ocurrido sacarle los órganos a gente que le latía el corazón".

"En la Argentina existe el término técnico ortotanasia, que es lo que se conoce como la eutanasia pasiva; es decir, no sostener a un paciente a una prolongación de su vida médicamente inútil", explica Córdoba. "En otras palabras es algo así como 'no te mato, pero te dejo morir, sin acelerar nada'", grafica el letrado, que subraya que "en la Argentina no existe la eutanasia activa o directa".

Vicent Lambert, el paciente francés cuyo caso abrió una batalla legal entre sus padres y su esposa. (EFE)

Córdoba se refiere a no someter al paciente  a la extensión de un estado de vida innecesario. "Por más que se le hagan tratamientos al paciente, por más medicación y cirugías, ya no habrá ningún tipo de mejorías. Es en estos casos cuando se aplica la Ley 26.742 de Muerte Digna".

¿Para qué sirve la muerte digna? "Para proteger al individuo de perder sus valores mínimos de dignidad, pero también está relacionada para que el individuo, en caso de muerte, sea útil para la sociedad, para otro, a través de la ley 27.447 de Donación de Órganos"

La muerte digna, u ortotanasia, tiene una relación o vínculo directo con la autonomía de la voluntad del paciente. "El mismo paciente, en estado de lucidez pero sabiendo que posee una enfermedad terminal e irreversible, puede decidir ordenar al médico que lo deje de atender, hasta que deje de alimentarlo e hidratarlo".

Agrega el especialista que además está la figura de "directivas anticipadas", que es cuando se deja por escrito y ante escribano y dos testigos, que uno prescinde de cualquier tipo de tratamiento invasivo, conocido como encarnizamiento médico. Córdoba afirma que también está lo que se conoce como 'voluntad informada', que es cuando el médico le tiene que detallar al paciente los pasos del tratamiento a seguir con los probables resultados, y es allí cuando el paciente puede pedir no ser sometido a tratamientos inadecuados y pedir la muerte digna".

"Pero hay muchos casos en que los enfermos no están lúcidos ni en condiciones de dar directivas, entonces la ley dice quiénes de su entorno pueden dar esa autorización que habría brindado el enfermo si estuviera consciente", expresa Córdoba, que es decano de la Universidad Abierta Interamericana (UAI). "Cónyuges después de tres años de convivencia; si no hay cónyuge, la orden la pueden dar hijos mayores de edad; sino, nietos, hermanos y parientes afines".

En conclusión, para Córdoba la Ley de Muerte Digna se basa en dos aspectos clave: "que el tratamiento médico que se efectúe no tenga posibilidad de recuperación, o que produzca un sufrimiento desmesurado en un paciente que, en todo su derecho, puede rechazar".

Para Jorge Duraume, especialista en medicina paliativa del Sanatorio Güemes, la ley es fundamental para que "el paciente pueda poseer toda la información para que pueda discernir, junto a su familia, cómo quiere llevar adelante su enfermedad", dice Usal, quien cree que la ley debió llamarse Ley del Derecho del Paciente.

Para el especialista del Güemes es "esencial cómo comunica el médico las instancias del tratamiento a seguir, ya que el paciente terminal se va a someter, o no, a lo que le propongamos. Por eso debemos tener mucho cuidado cómo lo hacemos, ya que estamos hablando de radioterapias, cirugías, quimioterapias, tratamientos endovenosos, mutilaciones...".

"El 95 por ciento de los pacientes que yo atiendo posiblemente no se recuperen y muchos se van a morir. Si yo no les comunico a ellos y a los familiares cómo les voy a brindar calidad de vida, es complicado generar confianza", describe el jefe de cuidados paliativos, que enfatiza en la comunicación con los familiares del enfermo.

"No sólo son cuestiones farmacológicas, hay que tener en cuenta temas espirituales o pensar en algún familiar que vive en otra parte del mundo que podría venir a despedirlo". Dureaume apunta a la cuestión humana, a la necesidad del paciente terminal a despedirse con la mochila liviana. "Resolver viejos conflictos o peleas familiares es muy importante para irse en paz, algo que vemos todo el tiempo".

Que el paciente tenga todas las cartas sobre la mesa "es lo más importante de la ley, ya que cuenta con lo que se llama 'directivas anticipadas', que le permitirá al paciente escribir cómo quiere el final de su vida, dónde quiere que sea, con quién. Hoy por hoy se puede tomar esa decisión y esa decisión debe ser respetada", remarca Dureaume, que agrega que "el escrito puede cambiarse, en caso de que el paciente advierta un alivio o el surgimiento de una medicación nueva".

Dureaume concluye que ponerle la oreja a un paciente crítico es tan importante como saber medicarlo. "Es muy terapéutico eso, más allá de que en los consultorios haya poco tiempo, o que las obras sociales te pongan veinte pacientes por hora... El médico tiene que sobreponerse a todo eso y brindar su tiempo y ser sensible".

Fuente https://www.clarin.com/sociedad/muerte-digna-argentina-ley-permite-acceder-eutanasia-pasiva_0_GfAXIMldS.html

08/07/2019 - 21:03

Las diferencias entre muerte digna, eutanasia y suicidio asistido

Son usados como sinónimos, pero se las tres situaciones se diferencian tanto a nivel conceptual como desde el punto de vista legal.

UN TEMA POLEMICO.

Tres formas diferentes de elegir morir y sus diferencias:

La muerte digna es el derecho que ostenta el paciente (o sus familiares, si el enfermo está imposibilitado), que padece una enfermedad irreversible y cuyo estado de salud es terminal, de decidir y manifestar su deseo de rechazar procedimientos invasivos a su cuerpo.

Uno de los casos más conocidos en nuestro país fue el de Camila, cuya mamá Selva, tuvo un parto terrible. Le rompieron la bolsa y en ese error se le fue el cordón que la conectaba a su beba. Camila nació muerta. La reanimaron 20 minutos, hasta que su corazón volvió a latir. Fue su única reacción. A partir de allí nunca pudo ver, oir, hablar, pensar, caminar, sentir.

En el primer año de Camila su familia intentó todo, pero nada dio resultado. Entonces, tres comités de bioética dictaminaron que su estado vegetativo era irreversible. Selva pidió que la desconectaran. Los médicos del Centro Gallego donde está internada se negaron rotundamente. Y empezó su lucha por la ley. La nena murió el 7 de junio de 2012, a los 3 años, al ser desconectada del respirador artificial y tras la entrada en vigencia de la ley, que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida. 

La eutanasia, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es la "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente".

La semana pasada, un colombiano de 79 años aquejado con un cáncer que le causaba terribles dolores y le había desfigurado el rostro fue sometido a la primera eutanasia legal que se realiza en Colombia y también en América Latina. El procedimiento que le aplicaron a Ovidio González en un centro oncológico de Pereira fue posible gracias a que desde abril pasado existe en ese país un protocolo para la muerte asistida elaborado por el Ministerio de Salud por orden de la Corte Constitucional. Según el protocolo, al enfermo que cumple con los requisitos para la muerte asistida se le aplica simplemente una potente sedación.

En Argentina está prohibida la eutanasia, así como el llamado "suicidio asistido", que se castiga como homicidio. El suicidio asistido es la asistencia a otra persona, que desea terminar con su vida, para que lo consiga.

Justamente un caso muy mediático de suicidio asistido fue el de Brittany Maynard, de 29 años, quien sufría un cáncer terminal en el cerebro y eligió esa forma de morir antes que padecer el deterioro que le produciría su enfermedad. Contó su historia en un video que conmovió al mundo e incluso generó un aluvión de pedidos para que siguiera adelante.

En abril de 2014, Brittany recibió el diagnóstico de un cáncer terminal. Le dieron como mucho seis meses de vida. Apoyada por su esposo y su familia, se mudó de California a Oregon, uno de los cinco estados de EE.UU. en los que está permitido el suicidio asistido. Murió en su cama rodeada por sus seres queridos y en la fecha que había elegido; 2 de noviembre de 2014.

La última entrevista a Brittany

"Adiós a todos mis queridos amigos y la familia que amo. Hoy es el día que he elegido para morir con dignidad debido a mi enfermedad terminal, este cáncer cerebral terrible que se ha llevado tanto de mí... pero que se podría haber llevado mucho más”, escribió la joven en su cuenta de Facebook ante de morir.

Fuente https://www.clarin.com/sociedad/corte_suprema-muerte_digna-eutanasia-suicidio_asistido_0_r1gMYUtDXl.html

07/07/2015 - 16:09