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La trampa de los fallos contra el cepo: dan amparos para entrar la mercadería, pero no para pagar

25.07.2022 23:06

La trampa de los fallos contra el cepo: dan amparos para entrar la mercadería, pero no para pagar

Los jueces rechazan medidas que vayan contra la acumulación de reservas del BCRA a pedido de los importadores que así no pueden pagar lo que importan

Por Dolores Olveira, 28/06/2022 - 10,42hs

Ante el endurecimiento del cepo, el único camino abierto a los importadores para poder trabajar es la Justicia, pero hasta ahora esto ha sido una trampa. Mientras que los jueces ya otorgaron más de 1.000 amparos para poder ingresar mercadería sin la licencia no automática SIMI, las presentaciones juciales por los dólares para pagar lo importado sólo tuvieron rechazos.

Gastón Miani, socio del estudio Tavaroni, Rovelli, Salim & Miani, anticipó dos fallos de la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal que resumen el panorama judicial sobre este conflicto.

Dólares para pagar importación de aeronaves

El primero se trata de la empresa American Jet, que es una sociedad que se dedica principalmente al servicio de transporte aéreo de pasajeros y que, en el año 2019, adquirió dos aeronaves, mediante contratos de leasing financiero a pagar en 36 cuotas, suscripto con dos empresas del exterior, relató Miani.

La causa está en Cámara, luego de que la compañía apeló un fallo desfavorable de primera instancia, indicó.

Por ambos contratos, American Jet solicitó al Banco Central, mediante su banco de seguimiento, el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) a fin de poder hacer frente a sus obligaciones, explicó.

Si esto no se producía, la empresa quedaba en una situación de incumplimiento que acarrearía como consecuencia la devolución de las aeronaves más el pago de indemnizaciones y multas, advirtió.

El Banco Central nunca resolvió estos pedidos, y American Jet presentó una solicitud de medida cautelar ante la Justicia, para que se ordene al BCRA que le permita el acceso mercado oficial del dólar, precisó.

La Justicia rechazó el amparo para liberar dólares del cepo

El Juzgado de primera instancia rechazó la medida cautelar, adhiriendo al dictamen del Fiscal que consideró que "el planteo efectuado se encuentra referido a la regulación del acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera".

Y afirmó que esas normas se dieron "en el contexto de una serie de una serie de medidas extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores".

Ante esta situación, el fallo consideró que "los perjuicios invocados por el actor no revisten una entidad que justifiquen la concesión de la medida cautelar solicitada".

¿Necesidad de pericias en la medida cautelar?

Luego, el juzgado remarcó que la empresa no acreditó un perjuicio patrimonial o acreditó un elemento probatorio por el cual se aprecie el riesgo grave que podría producirse sobre el giro comercial de la empresa.

Lo cual llevo a Miani a dos reflexiones:

1. Los tribunales están considerando que las medidas que tomó el BCRA están en marcada en una situación de emergencia debido al bajo nivel de reservas que posee la entidad.

2. Para justificar una excepción, hay que trabajar en la prueba del perjuicio, que en este caso quizás podría haberse acompañado los intercambios epistolares con las empresas del exterior en donde intimaban al pago de las cuotas adeudadas bajo apercibimiento de ejecución o secuestro de las aeronaves.

3. También alguna certificación contable que deje constancia sobre la cantidad de gente empleada por la empresa y que dichas aeronaves constituían gran parte de la flota; o algún dictamen de un ingeniero de la industria que certifique como impactaría en la actividad, por ejemplo, de la empresa la devolución de las dos aeronaves.

"Sobre esta causa todavía no está dicha la última palabra, ya que se encuentra pendiente de resolución en recurso de apelación ante la Cámara", sostuvo Miani.

Pero, "un dato importante es que la Cámara pidió antes de resolver, que el Banco Central informe el estado en que se encontraban estos trámites, y el organismo respondió que aún se encontraban pendientes resolución. Lo cual puede llegar a ser un dato favorable para la empresa", consideró.

La Cámara rechazó abrir el cepo para el pago de la importación de una grúa

Dólares para el pago de una grúa sin producción nacional

El otro caso se trata de la empresa Transportes Crexxel, que solicitó el dictado de una medida cautelar autónoma para que se le ordene al BCRA que le permita el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para la realización del pago de la importación de bienes, contó Miani.

La empresa manifestó que suscribió con una firma alemana un contrato a efectos de adquirir una grúa para seguir expandiendo su capacidad técnica, en razón de la inexistencia de un proveedor local que pudiera proporcionar la maquinaria requerida, enfatizó.

Transportes Crexxel puntualizó que en el mes de octubre de 2019 la compañía importó y recibió la grúa adquirida, que la compra se hizo financiada en 10 cuotas, y que les resta abonar de 5 a 10, enumeró.

Por este motivo, la compañía solicitó ante el BCRA las correspondientes autorizaciones para acceso al mercado oficial del dólar, las cuales no habían sido resueltas hasta ese momento.

Esto ponía a la empresa en una difícil situación, toda vez que no puede cumplir con sus compromisos de pago, produciéndose no sólo la ruptura del vínculo comercial con un importante proveedor, sino la acumulación de intereses y enfrentar eventuales acciones legales, alertó Miani.

El juzgado de primera instancia resolvió a favor de la empresa y le otorgó la medida cautelar, al sostener que la empresa cumplió con los requisitos establecidos para requerir la conformidad previa del Banco Central a efectos de proceder a girar divisas al exterior, pero éste no se había expedido, admitiendo o rechazando el pedido en tiempo oportuno.

Esto implicó, para el juez, una vía de hecho que afecta el derecho de defensa del particular por implicar una prohibición –aún temporaria– a la importación, sin sustento legal.

¿Qué es lo que hizo el BCRA ante esta sentencia?, afirmó Maini, y respondió: no acató la medida cautelar, apeló ante la Cámara y resolvió las solicitudes de la empresa rechazándolas, lo cual le dio pie para que la Cámara rechace la medida cautelar justificando su decisión en que con la resolución del Banco Central se ha modificado la situación jurídica.

Para Miani, esto es totalmente cuestionable, porque la empresa había interpuesto los correspondientes recursos administrativos, por lo que la resolución no estaba firme y, en segundo lugar, el juez de primera instancia le otorgó a la medida cautelar el carácter de autosatisfactiva, es decir, no era temporaria hasta la resolución del BCRA.

En conclusión, estos dos ejemplos demuestran que hay resistencia o resquemor en los tribunales, especialmente en la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo Federal para disponer exclusiones al cepo cambiario actual dispuesto por el BCRA, aún en casos en donde el perjuicio es evidente y se pone en riesgo el giro comercial de la empresa, advirtió Miani.

De todos modos, el experto aconsejó "continuar la lucha" en los Tribunales, con la seguridad de que los jueces paulatinamente tendrán que escuchar a los particulares.

Fuente https://www.iprofesional.com/impuestos/364910-fallos-dan-amparos-para-entrar-la-mercaderia-pero-no-para-pagar

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