Impuesto extraordinario a grandes patrimonios: advierten por las implicancias legales que tendría el nuevo tributo
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El Presidente habló de un tributo nuevo a los que blanquearon pero diputados oficialistas también analizan un impuesto extraordinario a los ricos
Por Dolores Olveira • 06.04.2020
Los expertos consideran que un impuesto extraordinario para la emergencia del coronavirus que abarque a todos los contribuyentes de altos patrimonios, y no sólo a aquellos que blanquearon en 2017, sería más acorde a la Constitución nacional y menos cuestionable en los Tribunales.
"La capacidad contributiva no es una medida de la posibilidad que tiene un contribuyente de pagar impuestos sino que es una valoración política que hace el gobernante en un momento de terminado de la historia de un país", dijo Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores.
"Dada la situación de extrema necesidad de recursos que padece la economía del país, el hecho imponible debería alcanzar a quienes detenten grandes fortunas, y no debería discriminar a quienes han ingresado al último blanqueo ya que esta circunstancia vulneraría el principio de igualdad", sostuvo Rodríguez.
El contador consideró, en tal sentido, que el mínimo no imponible del nuevo impuesto extraordinario debería fijarse en una suma considerablemente alta para evitar que se graven a sujetos que no detenten tal hipótesis de capacidad contributiva.
De aplicarse al gravamen a personas humanas, habría una clara doble imposición con el Impuesto sobre los Bienes Personales, afirmó.
Por ese motivo, propuso rever la última modificación de Bienes Personales en cuanto se grava con una alícuota diferencial a quienes posean bienes en el exterior.
"Resulta importante que se promueva la repatriación de capitales para su afectación al financiamiento de actividades productivas en el país y el capital del trabajo de la empresas", subrayó Rodríguez.
Agregó que "las empresas hoy necesitan de financiamiento para solventar los gastos de su operatoria y, por tal motivo, sería apropiado permitir que los fondos repatriados puedan ser afectados al pago de sueldos, compras de insumos, pago a proveedores".
La postura de la Corte Suprema
Rodríguez reconoció que la inconstitucionalidad de la norma definirá en el futuro la Corte Suprema de Justicia, pero los jueces del Máximo Tribunal "han dado una señal clara a la sociedad, reduciendo el monto de sus salarios", por lo que consideró "improbable que sea sencillo lograr un fallo" en contra del impuesto extraordinario.
Víctor Hernández, socio de impuestos de Auren, dijo respecto del impuesto extraordinario para los que blanquearon fondos en 2017, que ya el año pasado se intentó introducir un impuesto similar, pero se abandonó por razones de orden técnico.
Para Hernández, ese proyecto vulnera principios constitucionales, de capacidad contributiva, de equidad, de igualdad, porque estamos tratando en distinta forma a un patrimonio que declaró siempre y a quien tiene un patrimonio que declaró producto del blanqueo, pagó el impuesto y quedó en igualdad de condiciones.
"A partir del blanqueo en adelante es inconstitucional que se los trate en forma diferente", enfatizó Hernández, y agregó que "no necesariamente el contribuyente que blanqueó después de cuatro años tienen la necesidad contributiva para hacer frente al pago de lo que sinceró en aquel momento".
Hernández consideró que sería más lógico que prospere un impuesto extraordinario para los grandes patrimonios, más que sobre los bienes.
El nuevo impuesto para los que blanquearon influiría en forma directa y de forma contraria a la decisión de traída de bienes del exterior, "ya que como no se dan seguridad legal y fiscal de que el día de mañana le puedan cambiar las condiciones anunciadas", opinó Hernández.
"¿Qué confianza puede tener el contribuyente que repatria, de que al 1º de enero del año que viene no le van a dar un bono o mantener la indisponibilidad de los bienes?, advirtió Hernández.
Un tributo "ilógico e irracional"
Desde lo estrictamente legal, Lucas Gutiérrez, de Lisicki, Litvin & Asoc., dijo "el sinceramiento es la novación de una obligación que se extingue (el impuesto originalmente no pagado) y el nacimiento de una nueva, con la renta o bienes objeto del blanqueo".
Esta nueva obligación que arroja la adhesión al blanqueo se extinguió con el pago del impuesto especial, consumando la relación jurídica tributaria nacida de esa obligación, aseguró Gutiérrez.
Por lo tanto, ese pago tiene efectos liberatorios y como tal esos bienes o rentas no pueden ser objeto de un nuevo impuesto por el hecho de haber ser sido exteriorizados en un momento dado, sostuvo Gutiérrez.
"Un impuesto que tiene como presupuesto de procedencia otro impuesto, es ilógico e irracional", enfatizó, y agregó que "si lo que se pretende es la creación de otro impuesto patrimonial, adicional a Bienes Personales, se deben respetar pautas constitucionales".
Gutiérrez precisó que, al ser un impuesto directo, debe establecerse por tiempo limitado conforme la atención de la emergencia, deberá ser regulado por ley con cámara de origen en Diputados y captar una manifestación real de capacidad contributiva.
Raúl Sanguinetti, de Baker Tilly, se mostró contrario a cualquiera de las dos versiones del gravamen a los ricos, porque lo consideró "discriminatorio", y dijo que "cada vez se va a recaudar menos si siguen aumentando los impuestos; esa opción está agotada".
Sobre el impuesto a los que blanquearon en concreto, Sanguinetti consideró que "es inconstitucional y discrimina a los que fueron llamados por la ley a regularizar la situación".
"Además fue carísimo, y al contado a partir del 2018; con la devaluación, es mucho más económico regularizar la situación de activos no declarados que el costo del blanqueo en 2016", remarcó Sanguinetti, y añadió que mucho más se da esto ahora que hay una moratoria votada por este Congreso para pagar a 10 años.
"Un impuesto sin sentido en mi opinión", concluyó.
El papel del Congreso
Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP, advirtió antes que nada que, si se pide un esfuerzo extraordinario a través de un impuesto, tiene que ser aprobado por ley del Congreso y justificarse sobre la base de la emergencia sanitaria.
Pérez se mostró contrario a discriminar a los que blanquearon, porque "esa medida puso en pie de igualdad con el resto de los contribuyentes respectos de las rentas que se sinceraron", aseveró.
Con respecto a un impuesto que abarque a todos los grandes contribuyentes, Pérez consideró que la tasa de Bienes Personales de 1,25% ya es alta, y mucho más la de 2,25% para bienes en el exterior.
Al respecto, consideró que esa diferencia de alícuotas vulnera principios constitucionales porque puede gravar menos a multimillonarios que tienen todos sus bienes en el país que a un contribuyente que tiene u$s 100.000 en el exterior.
"Si a esas tasas altas se les adiciona un impuesto extraordinario, el resultado será confiscatorio en muchos casos, pero la Corte Suprema de Justicia probablemente avalará que se pida un esfuerzo de los contribuyentes en la emergencia sanitaria actual", opinó Pérez.
Al ser consultado sobre su opinión sobre un eventual impuesto extraordinario a todos los grandes patrimonios, que incluya a bancos, empresas y no sólo a particulares, Pérez opinó que las compañías ya pagan una tasa de 0,5% de Bienes Personales como responsables sustitutos.
Además, el especialista subrayó que "nuevamente el mayor esfuerzo lo hace el sector privado, mientras que el Estado no mejora la calidad del gasto".