Impuesto a la riqueza: AFIP ya calcula el impacto en la recaudación de las mudanzas fiscales a Uruguay
Técnicos del organismo comenzaron el análisis de la pérdida de recursos fiscales sobre carpetas concretas de contribuyentes salientes, a pesar de las mayores restricciones que rigen desde julio. Los temores a un nuevo “impuesto de despedida”
Por Virginia Porcella - 22/09/2020
Mientras está previsto que avance en el Congreso esta semana el debate sobre el proyecto de impuesto a la riqueza impulsado por Máximo Kirchner, la AFIP empieza a desplegar la estrategia de control de daños. Técnicos del organismo tributario calculan en estos días la magnitud probable de la caída en recaudación por casos de mudanza de residencia fiscal. En análisis se hace sobre carpetas concretas de contribuyentes en las distintas direcciones regionales de la Dirección General Impositiva, aun cuando desde el ente recaudador minimizan el impacto del supuesto furor en ciernes de mudanzas de radicaciones fiscales, principalmente en Uruguay.
Ya en febrero, la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, había alertado que se estaba investigando el caso de 17 contribuyentes que modificaron su residencia fiscal durante 2019, lo que representó una fuerte suba respecto de los “dos o tres casos anuales” que la funcionaria indicó como promedio previo. Ahora, las proyecciones en términos del efecto recaudatorio negativo se hacen sobre centenares de casos.
“Estamos haciendo un trabajo de fiscalización muy fuerte. Efectivamente, advertimos que el año pasado aumentó enormemente la cantidad de personas que hicieron el cambio de domicilio”, dijo en su momento Marcó del Pont. De esa fecha a hoy, el interés por modificar la residencia fiscal creció fuertemente, a tal punto que la AFIP implementó a mediados de julio un cambio de criterio, ahora más estricto, para dar por válida la mudanza fiscal. Así, desde que entró en vigencia la resolución 4760, ya no alcanza con un cambio de domicilio al exterior sino que se debe obtener la residencia en otro país y pasar más un año fuera de la Argentina, al tiempo que las visitas al país no pueden extenderse por más de 90 días.
El análisis del impacto en la recaudación sobre el que trabaja la AFIP reaviva los temores al denominado “impuesto de despedida”. Se trata de un tributo, exit tax, que rige en otros países por el cual el contribuyente “compensa” al país de origen por la pérdida de ingresos fiscales, producto del traslado.
Aun con estos nuevos requisitos, en estudios contables y jurídicos que asesoran sobre administración patrimonial, afirman que se multiplican las consultas para obtener una nueva radicación.
“La cantidad de bajas fiscales hasta el momento no puede ser considerada muy alta pero sí hacia adelante. En firmas chicas como la nuestra, que es más bien boutique, recibimos fácil 5 consultas por día por un eventual cambio de residencia, no sólo a Uruguay sino a muchos otros países”, aseguró Martín Litwak, abogado especialista en estructuración de patrimonios. Sin embargo, los especialistas remarcan sobre los riesgos de la doble tributación, por lo que recomiendan considerar este proceso sólo en el caso de una emigración real.
Pero, aún en ese caso, el análisis del impacto en la recaudación sobre el que trabaja la AFIP reaviva los temores al denominado “impuesto de despedida”. Se trata de un tributo, exit tax, que rige en otros países por el cual el contribuyente “compensa” al país de origen por la pérdida de ingresos fiscales, producto del traslado. Si bien las versiones sobre una posible implementación de esta medida son recurrentes desde fines del año pasado, fuentes de la AFIP volvieron a negar ayer que el organismo tenga la iniciativa bajo estudio y remitieron al Palacio de Hacienda. “Eso es tema de Roberto Arias”, afirmaron, en alusión al secretario de Política Tributaria, a quien se le atribuye desde hace meses haber propuesto la idea. En Economía, en tanto, voceros del ministro Martín Guzmán se desentendieron tanto de la iniciativa como del cálculo de pérdida posible de recursos fiscales. “De acá no salió ningún pedido”, afirmaron.
Los especialistas en impuestos remarcan sobre los riesgos de la doble tributación, por lo que recomiendan considerar la mudanza fiscal sólo en el caso de una emigración real.
En cualquier caso, el tributo es polémico y el debate sobre el impuesto a la riqueza lo tornaría inviable. En principio, porque lo aplican países donde mayormente no rigen impuestos sobre el patrimonio, lo que sí ocurre en la Argentina con mínimos imponibles relativamente bajos, alícuotas altas y también diferenciadas según bienes locales o en el exterior. “Si el Gobierno frenara el impuesto a la riqueza que se está debatiendo, que es a todas luces inconstitucional, es muy posible que se termine en un proyecto de impuesto a la salida. Es mucho más sustentable jurídicamente y, aunque hay puntos que se pueden discutir, con un monto razonable muchos probablemente lo pagarían dada la voracidad fiscal de la Argentina”, explicó Litwak.